El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 8.

Artículo 8 de la Ley 4/1989, de 6 de abril, de Provisión de Puestos de Trabajo Reservados a Personal Funcionario de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1989-12125

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1989-05-05.

Texto consolidado

1. En la fase de concurso y con carácter previo al fallo de la Junta de Mérito se publicará en el correspondiente tablón de anuncios la relación de los aspirantes no admitidos y de los admitidos al mismo, con indicación de la puntuación reconocida por cada uno de los méritos preferentes y no preferentes alegados, así como la puntuación obtenida por ambos conceptos. La Junta de Mérito podrá decidir su publicación en el «Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid».

2. En las Juntas se Mérito quedará garantizada la representación sindical, mediante el nombramiento de un Vocal por cada uno de los Sindicatos reconocidos como más representativos en la Comunidad de Madrid.

3. La propuesta de resolución del concurso por la Junta de Mérito será, en cualquier caso, firme y vinculante.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1989-05-05.

Más artículos de Ley 4/1989

En El Vínculo puedes leer Ley 4/1989 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.