Artículo 8. Medidas higiénico-sanitarias generales en establecimientos y actividades.
Artículo 8 de la Ley 3/2020, de 3 de diciembre, por la que se establece el régimen jurídico de alerta sanitaria para el control de la pandemia COVID-19 en Aragón. · BOE-A-2021-2767
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-04.
Texto consolidado
Con carácter general, sin perjuicio de las normas o protocolos específicos que pudieran establecerse, serán aplicables a todos los establecimientos y actividades las medidas de higiene y prevención establecidas en el anexo I de esta ley.
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