Artículo 8. Del Consejo de Gobierno.
Artículo 8 de la Ley 15/2006, de 24 de octubre, de Juego de Cantabria. · BOE-A-2006-20768
Atención: Ley 15/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta del Consejero competente en materia de juego:
a) Planificar el régimen de juegos y apuestas fijando criterios objetivos respecto del número, duración e incidencia social por cada modalidad de juego.
b) Aprobar el Catálogo de Juegos y Apuestas.
c) Aprobar los reglamentos específicos de cada modalidad de juego prevista en la presente Ley.