Artículo 8. Prohibición de avales.
Artículo 8 de la Ley 15/1993, de 28 de diciembre, por la que se crea el Centro de Telecomunicaciones de la Generalidad de Cataluña. · BOE-A-1994-1182
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-05-01.
Texto consolidado
Centro de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información de la Generalidad de Cataluña no puede prestar avales en favor de terceros.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2020-5569.