Artículo 8. Administración deportiva de las Illes Balears.
Artículo 8 de la Ley 14/2006, de 17 de octubre, del Deporte de las Illes Balears. · BOE-A-2006-20771
Atención: Ley 14/2006 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Son administraciones deportivas de las Illes Balears:
a) La Administración de la comunidad autónoma de las Illes Balears.
b) La administración de los consejos insulares.
c) Las administraciones locales.