Artículo 8. Organización y número de reuniones.
Artículo 8 de la Ley 13/2017, de 6 de julio, de las asociaciones de consumidores de cannabis. · BOE-A-2017-9367
Atención: Ley 13/2017 está anulada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. Las asociaciones de consumidores de cannabis se organizan de acuerdo con la Ley orgánica 1/2002, el libro tercero del Código civil de Cataluña, relativo a las personas jurídicas, y las disposiciones de la presente ley.
2. La asamblea general de las asociaciones de consumidores de cannabis, además de la reunión ordinaria que establece el artículo 322-3 del libro tercero del Código civil de Cataluña, debe reunirse con carácter ordinario una segunda vez al año para hacer el análisis y la valoración de la gestión del órgano de gobierno.