Artículo 8. Estructura básica de los servicios sociales.
Artículo 8 de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia. · BOE-A-2009-807
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2009-03-18.
Texto consolidado
1. El sistema gallego de servicios sociales se estructura en forma de red, conforme a dos niveles de actuación:
a) Servicios sociales comunitarios, que comprenden, a su vez, dos modalidades: servicios sociales comunitarios básicos y servicios sociales comunitarios específicos.
b) Servicios sociales especializados.
2. Cada nivel de actuación contará con los equipamientos y las personas profesionales y equipos técnicos interdisciplinares que se determinen reglamentariamente.