Artículo 8. Encomienda de gestión.
Artículo 8 de la Ley 13/2001, de 2 de julio, de Creación de la Comarca del Alto Gállego. · BOE-A-2001-15558
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-08-27.
Texto consolidado
1. La comarca del Alto Gállego, a través de la encomienda de la gestión ordinaria de determinados servicios, podrá realizar funciones correspondientes a competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma y de la provincia de Huesca, previa la tramitación procedente, cuando por sus características no requieran unidad de gestión ni su ejercicio directo.
2. Igualmente, a través de la encomienda de la gestión ordinaria de determinados servicios, uno o varios municipios podrán realizar funciones ejecutivas correspondientes a competencias de la comarca cuando suponga una mejora en su prestación.