Artículo 8. Incorporación de medios técnicos.
Artículo 8 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears. · BOE-A-2006-17875
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-09-22.
Texto consolidado
La administración promoverá la utilización y aplicación de las técnicas y los medios electrónicos, informáticos y telemáticos para el mejor cumplimiento de las finalidades de esta ley.