Artículo 8.
Artículo 8 de la Ley 10/1988, de 29 de junio, para la Confluencia de las Ikastolas y la Escuela Pública. · BOE-A-2012-3554
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1988-08-07.
Texto consolidado
Las cesiones o transmisiones patrimoniales entre los titulares de las ikastolas y la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco que deban producirse en aplicación de la presente Ley se realizarán conforme a lo preceptuado en la Ley de Patrimonio de Euskadi.