Artículo 8. Procedimiento.
Artículo 8 de la Ley 1/1995, de 2 de enero, de protección ambiental de Galicia. · BOE-A-1995-14602
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-02-11.
Texto consolidado
La Xunta de Galicia elaborará un catálogo de las actividades sujetas al trámite de evaluación y regulará por Decreto el procedimiento para declarar dicha evaluación.