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Acuerdo Internacional Vigente

Artículo 8.

Artículo 8 del Instrumento de Ratificación del Convenio sobre la Ley aplicable en materia de Accidentes de Circulación por carretera, hecho en La Haya el 4 de mayo de 1971. · BOE-A-1987-24741

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1987-11-21.

Texto consolidado

La ley que resulte aplicable regirá especialmente para determinan.

1. las condiciones y el alcance de la responsabilidad;

2. las causas de exoneración, así como toda limitación y distribución de responsabilidad;

3. la existencia y la índole de los daños indemnizables;

4. las modalidades y la cuantía de la indemnización;

5. la transmisibilidad del derecho a indemnización;

6. las personas que tengan derecho a indemnización por daños que hayan sufrido personalmente;

7. la responsabilidad del comitente por causa de su encargado;

8. las prescripciones y caducidades por expiración de un plazo, con inclusión del comienzo, la interrupción y la suspensión de los plazos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1987-11-21.

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