Artículo 8.
Artículo 8 del Instrumento de 7 de mayo de 1980 de Ratificación del Convenio de Nacionalidad entre España y Colombia, hecho en Madrid el 27 de junio de 1979. · BOE-A-1980-25868
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1980-08-01.
Texto consolidado
Los españoles en Colombia y los colombianos en España que no se acojan al presente Convenio continuarán disfrutando de los derechos y ventajas que les otorguen las legislaciones colombiana y española, respectivamente.