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Decreto-ley Derogada

Artículo 8. Verificación de cumplimiento de los requisitos.

Artículo 8 del Decreto-ley 44/2020, de 17 de noviembre, por el que se crea el Censo de espacios de cultura responsables. · BOE-A-2020-16972

Atención: Decreto-ley 44/2020 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. La Administración de la Generalidad, a través de los departamentos competentes por razón de la materia, puede realizar las verificaciones oportunas sobre el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2 por parte de los espacios culturales incluidos en el Censo.

2. Las personas o entidades titulares o gestoras de los espacios culturales incluidos en el Censo deben comunicar al departamento competente en materia de cultura cualquier incumplimiento, de forma sobrevenida, de los requisitos del artículo 2.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2020-11-19.

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