Artículo 8. Concepto subvencionable.
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-12-30.
Texto consolidado
Las subvenciones irán dirigidas a compensar las pérdidas económicas de los concesionarios del transporte público regular interurbano de viajeros de uso general durante el periodo comprendido entre el 14 de marzo y el 21 de junio de 2020 por las medidas de restricción a la movilidad adoptadas por la Administración, y la situación de hecho provocada por el COVID-19, durante el periodo comprendido entre el 14/03/2020 y el 21/06/2020.
Más artículos de Decreto-ley 12/2020
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- Ver la norma completa: Decreto-ley 12/2020, de 29 de diciembre, por el que se establece como medida extraordinaria una línea de subvenciones para los concesionarios de los servicios de transporte público regular interurbano de viajeros por carretera de uso general de la Región de Murcia, como consecuencia de la situación de hecho creada por el COVID-19.