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Ley Vigente

Artículo 79. Clasificación de las aguas.

Artículo 79 de la Ley 7/1995, de 21 de abril, de la fauna silvestre, caza y pesca fluvial. · BOE-A-1995-13301

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1995-05-05.

Texto consolidado

En cuanto al régimen de aprovechamiento de la pesca, las masas de agua se clasifican en:

a) Aguas libres.

b) Cotos.

c) Vedados.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-05-05.

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