Artículo 79. Declaración responsable y clases de autorizaciones administrativas.
Artículo 79 de la Ley 4/2009, de 11 de junio, de servicios sociales de las Illes Balears. · BOE-A-2009-11186
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2010-11-26.
Texto consolidado
De acuerdo con la actuación que se tenga que desarrollar, es necesario presentar una declaración responsable u obtener alguna o algunas de las siguientes autorizaciones administrativas:
a) Declaración responsable para crear, construir y modificar sustancialmente los centros donde se tengan que prestar servicios sociales, en sustitución de la autorización previa.
b) Autorización para la apertura y el funcionamiento de los servicios sociales y para los cambios de titularidad o modificación de las funciones y los objetivos.
c) Autorizaciones provisionales para supuestos excepcionales, cuando se prevean ubicaciones temporales.
d) Autorización para la suspensión y el cese de actividad de los servicios.
e) Cualquier otra autorización que se determine reglamentariamente según el tipo de actividad, centro o servicio social.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2010-19487.