Artículo 79. Instrucción de expedientes sancionadores.
Artículo 79 de la Ley 3/2019, de 2 de julio, de ordenación farmacéutica de Galicia. · BOE-A-2019-13517
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-07-30.
Texto consolidado
La instrucción de los expedientes administrativos sancionadores será competencia de la inspección sanitaria, sin perjuicio de las competencias que en materia de medicamentos veterinarios tiene atribuidas la consejería competente en materia de ganadería.