El Vínculo El Vínculo.
Decreto Vigente

Artículo 79.

Artículo 79 del Decreto 424/1963, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto Orgánico de la profesión de Gestor Administrativo. · BOE-A-1963-5030

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1963-03-28.

Texto consolidado

La reincidencia en dos faltas leves que no sean de la misma clase será sancionada con multa de 500 a 1.000 pesetas. Si fueren de la misma clase o más de dos cometidas en un tiempo inferior a dos años, serán castigadas como faltas graves, de acuerdo con la sanción señalada en el artículo 73. Transcurrido este plazo después de la sanción de una falta, las nuevas que se cometan iniciarán nuevo cómputo para apreciar la reincidencia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1963-03-28.

Más artículos de Decreto 424/1963

En El Vínculo puedes leer Decreto 424/1963 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.