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Real Decreto Vigente

Artículo 78. Nota informativa.

Artículo 78 del Real Decreto 1784/1996, de 19 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Mercantil. · BOE-A-1996-17533

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1996-08-01.

Texto consolidado

1. La nota simple informativa, de todo o parte del contenido de los asientos del Registro, se expedirá por el Registrador con indicación del número de hojas y de la fecha en que se extienden, y llevará su sello.

2. Las notas se expedirán en el plazo de tres días desde su solicitud.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1996-08-01.

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