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Ley Foral Vigente

Artículo 78. Sanciones.

Artículo 78 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra. · BOE-A-2007-8581

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-24.

Texto consolidado

Las infracciones previstas en esta Ley Foral serán sancionadas con las siguientes multas:

a) Infracciones leves, multa de 300 a 1.500 euros.

b) Infracciones graves, multa de 1.501 a 6.000 euros.

c) Infracciones muy graves, multa de 6.001 a 150.000 euros.

Cuando el beneficio que resulte de una infracción viaria sea superior a la sanción que le corresponda, ésta se incrementará en la cuantía equivalente al beneficio económico obtenido por el infractor.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-04-24.

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