Artículo 78. Sanciones.
Artículo 78 de la Ley Foral 5/2007, de 23 de marzo, de Carreteras de Navarra. · BOE-A-2007-8581
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-04-24.
Texto consolidado
Las infracciones previstas en esta Ley Foral serán sancionadas con las siguientes multas:
a) Infracciones leves, multa de 300 a 1.500 euros.
b) Infracciones graves, multa de 1.501 a 6.000 euros.
c) Infracciones muy graves, multa de 6.001 a 150.000 euros.
Cuando el beneficio que resulte de una infracción viaria sea superior a la sanción que le corresponda, ésta se incrementará en la cuantía equivalente al beneficio económico obtenido por el infractor.