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Ley Vigente

Artículo 78. Uso racional de los medicamentos y productos sanitarios.

Artículo 78 de la Ley 7/2019, de 29 de marzo, de Salud. · BOE-A-2019-7841

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2019-05-01.

Texto consolidado

1. La Consejería competente en materia de sanidad velará por el uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, basado en la evidencia científica y en el consenso clínico, con criterios de equidad, adherencia al tratamiento, efectividad, seguridad y eficiencia coordinada en los distintos ámbitos de la atención sanitaria.

2. Se proporcionará una correcta información y formación a profesionales y usuarios para una óptima utilización de los medicamentos y productos sanitarios.

3. Para promover la prestación farmacéutica con los criterios establecidos en el apartado 1, se creará la Comisión del Uso Racional de los Medicamentos y Productos Sanitarios del Principado de Asturias, cuyas funciones, composición, organización y funcionamiento serán definidos reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2019-05-01.

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