Artículo 78. Registro público de contratos y licitadores.
Artículo 78 de la Ley 4/2005, de 1 de junio, de funcionamiento y régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja. · BOE-A-2005-10458
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-02-01.
Texto consolidado
La consejería competente en materia de Hacienda llevará un registro público de los contratos que celebre el sector público de la Comunidad Autónoma de La Rioja.
La misma consejería ejercerá las competencias en el ámbito territorial de La Rioja en materia de inscripción de licitadores en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2018-1917.