Artículo 78. Supresión del puesto de trabajo.
Artículo 78 del Decreto Legislativo 1/1997, de 31 de octubre, por el que se aprueba la refundición en un Texto único de los preceptos de determinados textos legales vigentes en Cataluña en materia de función pública. · DOGC-f-1997-90001
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-11-23.
Texto consolidado
Lo establecido en los artículos 76 y 77 también es aplicable en el caso de que el cese del puesto de trabajo se produzca por la supresión de dicho puesto, sin perjuicio de los procedimientos de reasignación que se puedan adoptar de acuerdo con la normativa vigente.
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