El Vínculo El Vínculo.
Orden Vigente

Artículo 77.

Artículo 77 de la Orden de 19 de febrero de 1979 por la que se aprueba el Reglamento de pruebas de Armas de Fuego Portátiles y sus Municiones. · BOE-A-1979-5952

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1979-03-19.

Texto consolidado

A su entrada en el establecimiento serán sometidas las armas a un reconocimiento con el objeto de ver si funcionan bien sus mecanismos esenciales y si las dimensiones del cañón y de la recámara se ajustan a las características del arma.

El examen de las armas se concretará a cuanto influya en la resistencia a la rotura o inutilización prematura del arma.

Los defectos de estética y de precisión en el tiro no serán causas suficientes para rechazar un arma en el reconocimiento preliminar, salvo aquellos que dificulten la realización del propio reconocimiento.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1979-03-19.

Más artículos de BOE-A-1979-5952

En El Vínculo puedes leer BOE-A-1979-5952 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.