Artículo 77. Concurrencia pública.
Artículo 77 de la Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13761
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-08.
Texto consolidado
La creación de prestaciones sociales de carácter económico provistas con créditos presupuestarios limitados a las cantidades consignadas en el presupuesto correspondiente, se tramitará en un procedimiento de concurrencia pública, teniendo en cuenta criterios de prelación del estado de necesidad.