Artículo 77. Responsabilidad administrativa.
Artículo 77 de la Ley 4/2003, de 11 de marzo, de Cajas de Ahorros de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-10724
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-03-18.
Texto consolidado
Las Cajas de Ahorros, así como quienes ostenten cargos de administración o dirección en las mismas, que infrinjan normas de ordenación y disciplina de las entidades de crédito, emanadas del Estado o de la Comunidad de Madrid, incurrirán en responsabilidad administrativa sancionable con arreglo a lo dispuesto en la legislación básica estatal y en la presente Ley.