Artículo 77. Obligaciones formales.
Artículo 77 de la Ley 18/2003, de 29 de diciembre, por la que se aprueban medidas fiscales y administrativas. · BOE-A-2004-1739
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-01-01.
Texto consolidado
Los contribuyentes estarán obligados a declarar el peso de los residuos peligrosos que entreguen antes de su depósito en los vertederos.
Asimismo, los sustitutos del contribuyente estarán obligados a verificar el peso declarado por los contribuyentes de los residuos peligrosos depositados.
Téngase en cuenta que este artículo se queda sin efecto, desde el 1 de enero de 2023 mientras exista un tributo estatal que grave el mismo hecho imponible, según establece la disposición adicional 23 de la Ley 1/2022, de 27 de diciembre. Ref. BOE-A-2023-1604
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-1604.