Artículo 77. Defensa de los intereses del sector del mar en el ámbito exterior.
Artículo 77 de la Ley 10/2021, de 9 de marzo, reguladora de la acción exterior y de la cooperación para el desarrollo de Galicia. · BOE-A-2021-5211
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-04-04.
Texto consolidado
1. La Administración autonómica promoverá una política activa de acuerdos de la Unión Europea con terceros estados no miembros para mantener la autonomía europea en el aprovisionamiento de alimentos y productos del mar.
2. La Administración autonómica podrá estimular la concertación privada de acuerdos entre agentes gallegos del sector del mar y autoridades de terceros estados no miembros de la Unión Europea para garantizar el acceso a aguas de esos estados, siempre de conformidad a la normativa europea y española en la materia.