Artículo 77.
Artículo 77 del Decreto 1256/1969, de 6 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Pastos, Hierbas y Rastrojeras. · BOE-A-1969-774
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1969-07-15.
Texto consolidado
En las subastas de pastos de montes catalogados como de utilidad pública, la Hermandad Sindical podrá asistir por sí, con personalidad jurídica, a las mismas, al efecto de distribuir después entre ganaderos de la localidad los pastos que les fueran adjudicados.