Artículo 75. Convocatoria y organización.
Artículo 75 del Real Decreto 1415/2006, de 1 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales. · BOE-A-2006-22081
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-12-17.
Texto consolidado
El Consejo General podrá convocar Reunión Nacional de miembros de las Juntas de Gobierno de los Colegios Oficiales de Graduados Sociales y de los Consejos Autonómicos, con la periodicidad y para tratar los problemas y cuestiones que estime convenientes, procurando efectuarla cada vez donde exista un Colegio Oficial. Su organización y financiación serán de cuenta del Consejo General.