El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 75. Régimen económico y financiero.

Artículo 75 de la Ley 7/2011, de 27 de julio, de Medidas Fiscales y Financieras. · BOE-A-2011-13896

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-07-30.

Texto consolidado

1. La Agencia Catalana del Patrimonio Cultural disfruta de plena autonomía financiera.

2. Los recursos económicos de la Agencia Catalana del Patrimonio Cultural están constituidos por:

a) Las dotaciones que se consignen en los presupuestos de la Generalidad.

b) Los ingresos de derecho público y derecho privado derivados de la prestación de sus servicios.

c) Las subvenciones, donaciones, herencias, legados y cualquier otra aportación que le concedan personas o entidades públicas y privadas.

d) Las rentas, frutos, intereses y productos de su patrimonio.

e) Cualquier otro recurso que la ley permita.

3. El presupuesto de la Agencia Catalana del Patrimonio Cultural es anual y único, y debe sujetarse al régimen presupuestario establecido por el texto refundido de la Ley del Estatuto de la empresa pública catalana, aprobado por el Decreto legislativo 2/2002, de 24 de diciembre.

4. La Agencia Catalana del Patrimonio Cultural disfruta de las exenciones y beneficios fiscales que corresponden a la Generalidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-07-30.

Más artículos de Ley 7/2011

En El Vínculo puedes leer Ley 7/2011 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.