Artículo 75. Responsabilidad del servicio de difusión de información.
Artículo 75 de la Ley 22/2005, de 29 de diciembre, de la comunicación audiovisual de Cataluña. · BOE-A-2006-2452
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-01-03.
Texto consolidado
El Consejo del Audiovisual de Cataluña debe organizar y actualizar la información sobre el sector audiovisual que se halle a su disposición, de modo que garantice su difusión activa y sistemática al público, especialmente por medio de la tecnología de la telecomunicación informática o electrónica. También debe velar para que la información puesta a disposición del público sea correcta, precisa y susceptible de comparación.