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Ley Vigente

Artículo 75.

Artículo 75 de la Ley 2/2006, de 14 de junio, de derecho civil de Galicia. · BOE-A-2006-14563

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2006-07-19.

Texto consolidado

1. El cómaro, ribazo o arró y los muros de contención de fincas colindantes ubicadas a distinto nivel o terraza se entiende, salvo prueba en contrario, que forman parte del predio situado en el plano superior, estando el propietario o poseedor del mismo obligado a realizar las obras y reparaciones necesarias para su conservación y mantenimiento.

2. La gavia o zanja paralela al lado exterior de los muros construidos para cerrar fincas se entiende, salvo prueba en contrario, hecha con el fin de advertir de que el cierre pertenece al predio cerrado, y, al tratarse de fincas colindantes ubicadas a distinto nivel o terraza, que los mismos forman parte del predio situado en el plano inferior.

3. El resío o faja de terreno sin cultivar que rodea a los muros o construcciones con fines de mantenimiento o separación se entiende, salvo prueba en contrario, que pertenece al propietario del muro o construcción. A efectos de determinar su anchura se atenderá a la costumbre del lugar.

4. La venela o suma de dos resíos dejados por los propietarios de muros o construcciones contiguas o colindantes con fines de mantenimiento o separación se entiende que está dividida, salvo prueba en contrario, por una línea que correrá equidistante de ambas construcciones.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2006-07-19.

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