Artículo 75. Comunicaciones previas y declaraciones responsables.
Artículo 75 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de política industrial. · DOG-g-2015-90508
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-07-10.
Texto consolidado
1. A los efectos de este texto refundido, se entiende por comunicación previa el documento suscrito por una persona con el que esta pone en conocimiento de la Administración autonómica hechos o elementos relativos al ejercicio de un derecho o al inicio de una actividad, indicando los aspectos que pueden condicionarlo, y al que se aporta, si procede, la documentación necesaria para su cumplimiento de conformidad con lo establecido por la normativa aplicable.
2. A los efectos de este texto refundido, se entiende por declaración responsable el documento firmado en el que una persona se identifica y declara, bajo su responsabilidad, haciendo constar de forma expresa, clara y precisa que cumple los requisitos establecidos por la normativa vigente para acceder al reconocimiento de un derecho o de una facultad o para su ejercicio, que dispone de la correspondiente documentación acreditativa y que se compromete a mantener su cumplimiento durante la vigencia de dicho reconocimiento o ejercicio.
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