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Ley Vigente

Artículo 74 quater. Causas de la pérdida de calificación de mancomunidad de interés general.

Artículo 74 quater de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-10722

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-23.

Texto consolidado

La pérdida de calificación de mancomunidad de interés general tendrá lugar en los siguientes supuestos:

a) Por el incumplimiento de los requisitos que sirvieron para proceder a su calificación como mancomunidad de interés general.

b) Cuando exista un incumplimiento de dos o más de las obligaciones que correspondan a la mancomunidad de interés general.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-12-23.

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