Artículo 74 quater. Causas de la pérdida de calificación de mancomunidad de interés general.
Artículo 74 quater de la Ley 2/2003, de 11 de marzo, de Administración Local de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2003-10722
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-12-23.
Texto consolidado
La pérdida de calificación de mancomunidad de interés general tendrá lugar en los siguientes supuestos:
a) Por el incumplimiento de los requisitos que sirvieron para proceder a su calificación como mancomunidad de interés general.
b) Cuando exista un incumplimiento de dos o más de las obligaciones que correspondan a la mancomunidad de interés general.