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Ley Vigente

Artículo 74. Infracciones graves

Artículo 74 de la Ley 4/2023, de 27 de febrero, de prestaciones sociales de carácter económico de las Illes Balears. · BOE-A-2023-13761

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-08.

Texto consolidado

Son infracciones graves:

a) Dos o más faltas leves en un plazo de un año.

b) No comunicar, en el plazo máximo de treinta días, al órgano instructor, los siguientes cambios sustanciales de situación personal o patrimonial:

i. Modificación del número de los miembros de la unidad de convivencia.

ii. Contrato laboral superior a treinta días de jornada completa.

iii. Obtener ingresos superiores al 150 % de la renta de emancipación.

iv. No residir de forma efectiva y continuada en las Illes Balears durante tres meses.

c) Las actuaciones dirigidas a obtener o conservar la renta de emancipación, sabiendo que no se cumplen los requisitos para tenerla.

d) La utilización de la prestación para fines distintos de los establecidos en esta ley.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-08.

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