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Ley Vigente

Artículo 74. Autorización y procedimiento.

Artículo 74 de la Ley 4/2005, de 13 de julio, de ordenación farmacéutica de Canarias. · BOE-A-2005-14261

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-07-23.

Texto consolidado

1. Corresponde al centro directivo competente en materia de farmacia la autorización de cualquier publicidad de medicamentos cuyo ámbito de difusión sea exclusivamente el de la Comunidad Autónoma de Canarias.

2. Reglamentariamente se fijará el procedimiento para obtener tal autorización.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-07-23.

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