Artículo 73. Integración en la Administración General del Estado y autonomía funcional.
Artículo 73 del Real Decreto 738/1997, de 23 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de ayudas a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual. · BOE-A-1997-11304
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-05-28.
Texto consolidado
La Comisión Nacional de Ayuda y Asistencia a las Víctimas de Delitos Violentos y contra la Libertad Sexual se integra en la Administración General del Estado, a través del Ministerio de Justicia y ejercerá sus funciones con plena autonomía y sin sometimiento a instrucciones jerárquicas.