Artículo 73. Procedimiento de constitución.
Artículo 73 de la Ley 4/2025, de 15 de diciembre, de espacios productivos para el fomento de la industria en Andalucía. · BOE-A-2026-422
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-03-23.
Texto consolidado
1. La constitución de las entidades de gestión y modernización de los espacios productivos se llevará a cabo mediante el procedimiento contemplado en el artículo 132 del Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, aprobado por el Decreto 550/2022, de 29 de noviembre.
2. Cuando el espacio productivo abarque a más de un municipio, la tramitación del procedimiento para la constitución de la entidad de gestión y modernización deberá realizarse con las entidades locales de los respectivos municipios, debiendo entenderse las referencias a la Administración actuante como realizadas a dichas entidades locales.