Artículo 73. Adopción como medida de protección.
Artículo 73 de la Ley 3/2011, de 30 de junio, de apoyo a la familia y a la convivencia de Galicia. · BOE-A-2011-13120
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-09-13.
Texto consolidado
1. La adopción es una medida de protección dirigida a la persona menor de edad en situación de desamparo, consistente en la integración definitiva de esta en una familia distinta a su familia de origen.
2. La Xunta de Galicia promoverá la adopción de una persona menor cuando, valorada su situación y circunstancias, se constatara la inviabilidad de la permanencia definitiva o de la reintegración en su familia de origen, respondiera al interés de aquella y constituyera la medida más adecuada para atender a sus necesidades.