Artículo 73. Sometimiento al régimen de contabilidad pública.
Artículo 73 del Decreto Legislativo 3/2023, de 17 de mayo, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Hacienda de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOE-A-2023-14052
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-30.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma, sus organismos públicos, sociedades mercantiles autonómicas, consorcios autonómicos y fundaciones del sector público quedan sometidas al régimen de contabilidad pública en los términos previstos en este Capítulo.