Artículo 72. Actuaciones previas.
Artículo 72 del Real Decreto 381/2024, de 16 de abril, por el que se regulan los Estatutos Generales de los Colegios de Protésicos Dentales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2024-7594
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2024-04-18.
Texto consolidado
Con anterioridad a la iniciación del procedimiento, el Comité Ejecutivo podrá realizar actuaciones previas con objeto de determinar con carácter preliminar si concurren circunstancias que justifiquen tal iniciación y, en su caso, para motivar la incoación, para tales averiguaciones el Comité Ejecutivo podrá valerse de los medios lícitos que considere.