El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 72. Prórroga y cancelación de la anotación.

Artículo 72 del Real Decreto 1093/1997, de 4 de julio, por el que se aprueban las normas complementarias al Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria sobre Inscripción en el Registro de la Propiedad de Actos de Naturaleza Urbanística. · BOE-A-1997-16469

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1997-07-24.

Texto consolidado

La duración, prórroga y las demás cuestiones no especialmente previstas en los artículos anteriores, se regirán por lo establecido en la legislación hipotecaria para la anotación preventiva de demanda.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1997-07-24.

Más artículos de Real Decreto 1093/1997

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 1093/1997 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.