El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 72. Cancelación.

Artículo 72 de la Ley 8/1999, de 26 de mayo, de Ordenación del Turismo de Castilla-La Mancha. · BOE-A-1999-16377

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-07-02.

Texto consolidado

La anotación de las sanciones anteriores se cancelará de oficio o a instancia del interesado:

a) Transcurridos tres años las muy graves, dos años las graves y un año las leves, desde su imposición con carácter firme en vía administrativa.

b) Cuando se produzca cambio de titularidad de las empresas o actividades turísticas.

c) Cuando recaiga resolución absolutoria en vía contencioso-administrativa y devenga firme.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-07-02.

Más artículos de Ley 8/1999

En El Vínculo puedes leer Ley 8/1999 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.