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Ley Derogada

Artículo 72. Comunicaciones.

Artículo 72 de la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, la energía, los transportes y los servicios postales. · BOE-A-2007-18875

Atención: Ley 31/2007 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Todas las comunicaciones e intercambios de información mencionados en el presente Título podrán hacerse por correo, por fax, por medios electrónicos de conformidad con el artículo 73, por teléfono en los casos y circunstancias a que se refiere el artículo 74 o combinando dichos medios.

2. Los medios de comunicación elegidos deberán estar disponibles de forma general y, por tanto, no deberán restringir el acceso de los operadores económicos al procedimiento de adjudicación.

3. Las comunicaciones, los intercambios y el almacenamiento de información se realizarán de modo que se garantice la protección de la integridad de los datos y la confidencialidad de las ofertas y de las solicitudes de participación y de forma que las entidades contratantes no conozcan el contenido de las ofertas y de las solicitudes de participación hasta que expire el plazo previsto para su presentación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-04-30.

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