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Ley Vigente

Artículo 72. Devengo.

Artículo 72 de la Ley 16/2014, de 30 de septiembre, por la que se regulan las tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. · BOE-A-2014-9895

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-01-01.

Texto consolidado

Las tasas se devengarán el último día del semestre natural por tantos conceptos de los comprendidos en las tarifas mencionadas en el artículo 71 como concurran en el sujeto pasivo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-01-01.

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