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Ley Vigente

Artículo 72. Prescripción de las sanciones.

Artículo 72 de la Ley 14/2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de Extremadura. · BOE-A-2015-5017

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-05-04.

Texto consolidado

Las sanciones impuestas prescribirán a los cinco años las muy graves, a los tres años las graves y a los dos años las leves, contados a partir del día siguiente a aquel en que adquiera firmeza la resolución por la que se imponga la sanción.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-05-04.

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