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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 72. La función de prospectiva.

Artículo 72 del Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades. · BOJA-b-2013-90010

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-01-12.

Texto consolidado

La Consejería competente en materia de Universidades, directamente o a través de la Agencia Andaluza del Conoci­miento, promoverá una visión prospectiva del desarrollo del servicio público de enseñanza superior universitaria en Anda­lucía, ofreciendo un enfoque global sobre la evolución de las Universidades y la función docente e investigadora, y analizará las tendencias a largo plazo sobre las enseñanzas superiores y, en especial, la prospectiva y análisis de las nuevas deman­das tecnológicas, científicas y universitarias de utilidad para la Comunidad andaluza.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2013-01-12.

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