Artículo 71. Actas.
Artículo 71 del Real Decreto 352/2025, de 30 de abril, por el que se aprueban los Estatutos Generales de los Colegios Oficiales de la Arquitectura Técnica y de su Consejo General. · BOE-A-2025-9151
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2025-05-11.
Texto consolidado
La aprobación de las actas de las sesiones de la Asamblea General de colegiados y colegiadas se realizará en la forma y plazos previstos en los Estatutos particulares de cada Colegio y, en su defecto, podrá efectuarse en la misma sesión o en la posterior siguiente, por mayoría simple de votos presentes, autentificándose su contenido mediante diligencia de la Secretaría con el visto bueno de la Presidencia del Colegio.